Requisitos para ingreso vía aérea a Colombia en el marco del Covid-19 | ANATO - Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo

 

Extranjero no residente y Colombiano:

 

informamos que el Ministerio de salud publicó Resolución No. 555 del 5 de abril de 2023, por medio de la cual se adoptan nuevas medidas preventivas de control sanitario para los viajeros por vía aérea y vía marítima a través de cruceros, a partir de la fecha de publicación del documento.

Compartimos algunos apartes de la Resolución:

RESOLUCIÓN 555 DEL 5 DE ABRIL DE 2023- MINISTERIO DE SALUD.

Dentro de las consideraciones que sustenta el ministerio para levantar la medida, se encuentra la actualización epidemiológica semanal Covid-19 de la OMS, que registra un descenso sostenido en el número de contagios y defunciones, a nivel mundial.

Además, menciona que tras el comité de emergencia del reglamento sanitario internacional sobre Covid-19 de la OMS, concluyó que continúa siendo una emergencia de salud pública internacional. Sin embargo, no recomienda exigir pruebas de tamizaje ni certificados de vacunación contra Covid-19 para los viajeros internacionales, como requisito de entrada o salida.

Se levanta la medida del uso obligatorio del tapabocas, únicamente limitándolo a clínicas, hospitales y geriátricos, así como a personas mayores de 60 años, y se flexibilizará su uso en viajes por vía aérea y marítima.
Corresponde a cada persona propender por el cuidado de sí mismo, evitando el contacto con quienes pudieren estar en situaciones de riesgo para la transmisión del Covid-19.
Deja sin efecto la Resolución 1238 de 2022, la cual establecía requisitos de ingreso a los viajeros nacionales e internacionales.
Para mayor información, puede consultar:

Resolución 555 de 2023 – Ministerio de Salud.